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Acerca de la Dirección De Asuntos Interinstitucional y Comunitarios

La Dirección de Asuntos Interinstitucional y Comunitarios, es el órgano superior en materia de prevención, disuasión y control del delito y faltas, a cargo de ejecutar mecanismos y acciones que garanticen la seguridad ciudadana, el libre ejercicio de los derechos y libertades de las personas, mantener el orden público, la paz y convivencia pacífica, con respeto a los derechos humanos, prestando un servicio policial con enfoque comunitario.

 

MISIÓN

Somos la Dirección de Policía Nacional de Honduras responsable de diseñar, proponer, recomendar y dar seguimiento a las estrategias y los mecanismos operativos o tácticos que permitan la ejecución de un servicio policial comunitario, con el que se pueda contribuir al desarrollo de capacidades y facilitar a los distintos niveles de gobiernos, instituciones y actores locales en la asunción corresponsable en la gestión local de la seguridad ciudadana.

 

VISIÓN

Al 2022, la DAIC será reconocida por la Policía Nacional de Honduras, los distintos gobiernos municipales y comunidades locales como la instancia estratégica que propone, recomienda y da seguimiento a los mecanismos que operacionalizan el servicio policial comunitario, con el que se contribuye al desarrollo de capacidades de los distintos niveles de gobierno y actores locales en la asunción corresponsable de la gestión local de la seguridad ciudadana.

 

Objetivo General

Desarrollar la estructura organizacional del DAIC de tal manera que le permita fundamentar sus actividades y legitimar sus acciones, orientar y eliminar las funciones requeridas para gestionar la estructura organizacional.

  

Para el desempeño de sus funciones, además de la organización común para todas las Direcciones Nacionales, estará organizada de la siguiente manera: 

1. Unidades Departamentales de Prevención y Seguridad Comunitaria.

2. Unidades Metropolitanas de Prevención y Seguridad Comunitaria.

3. División de Policía Escolar.

4. División de Policía Turística.

5. División de Equidad de Género.

6. Otras que sean creadas mediante Ley o Reglamento.

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